Un saludo a nuestros lectores, por motivos de fuerza mayor me vi en la obligación de dejar de escribir en este pequeño espacio por motivos de estudio, ahora, con más tiempo puedo darme un lugar para poder seguir con mi rutina de comentar lo referente a todo legislación referente a lo deportivo.
En este caso trataré de dar una pequeña reseña de la ley 29504 "Ley que Promueve la Transformación de Clubes Deportivos en Sociedades Anónimas Abiertas.", con respecto a está legislación, se sabe que, como el nombre lo dice promueve la transformación de clubes deportivos a sociedades anónimas esto con el fin de llevar un adecuado control administrativo y económico. La ley en comentario nos da 3 posibilidades:
1.- Transformación a Sociedad Anónima Abierta
2.- Creación del Fondo de Deporte del Fútbol Profesional
2.- Creación del Fondo de Deporte del Fútbol Profesional
3.- Contrato de Concesión Privada
Antes de olvidarnos, el legislador a puesto un mínimo para poder formar parte de estos 3 tipos de administración las cuales son 200 UIT de capital para poder constituir y poner en funcionamiento a los clubes deportivos como sociedades anónimas.
La primera precisa que la asociación deber ser un socio de la sociedad, aportando su patrimonio a la sociedad.
La segunda posibilidad, la creación del fondo de deporte profesional, que según el legislador, se deberá de firmar un contrato de gerencia con una empresa "habilitada" por la CONASEV(Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores), claro esta empresa debe ser elegida por el mismo club, para su constitución primero se tendría que llevar acabo una asamblea extraordinaria para aprobar el balance y estado financiero de la asociación, que es lo que la asociación aportará al fondo, que mas bienes aportarán al fondo y el aporte en dinero que se hará, los cuales formarán parte de del fondo.
Tambien especifíca que luego se tendría que realizar una asamblea general con presencia de notario público que haga constar en el acta de escritura pública a los asistentes a la asamblea y a los reclamos que ellos presentes; a su vez, el fondo solo servirá para cumplir con las obligaciones que tenga el club al estar participando en sus ligas, torneos internacionales y demás, asi como también será utilizado en la formación de nuevos valores deportivos juveniles e infantiles que no participen en actividad profesional.
Por ùltimo, el contrato de concesión privada, el cual es para cualquier club asi tenga la personeria jurídica de empresa o asociación civil, que al etrar en vigencia la ley se encuentren en estado de insolvencia y no puedan celebrar contratos de concesión para transferir todos los bienes, y tambien para aquellos clubes que opten por acogerse a este tipo de supuesto. Este contrato debe se debe celebrar por escritura pública bajo sanción de nulidad con una empresa "habilitada" por la CONASEV.
El concesionario tendrá todo derecho sobre la asociación excepto de la deuda tributaria que se tenga hasta antes de la celebración del contrato.
Sin olvidarnos del tema de fiscalización se puede decir que el legislador a designado a esta labor tanto a la CONASEV como al IPD como los encargados de realizar la fiscalización y sanción de todo aquel que incumpla lo establecido en la ley en mención.
Además en la segunda disposición transitoria se da una especie de, como dice en la misma ley, " un fraccionamiento excepcional..." a aquellos clubes que opten por cualquier modalidad establecida en la ley un fraccionamiento de sus deudas tributarias que se pagarán en 20 años, pero el legislador a puesto como fecha límite de la tributación hasta el 31 de Octubre del 2009, es decir, si hasta esa fecha presentan deuda con la SUNAT esta se fraccmentará de manera excepcional y por única vez en 20 años si es que optan por el cambio de modalidad, solo hacemos referencia esto pues ya no es matería legal sino,. como se sabe y entiendo, tributaria y no es el fín de este espacio el explicar ello.
Es así como la legislación nacional pretende de una manera solucionar el problema de la crísis del fútbol nacional, creo yo que se a hecho bien pero no necesariamente se a de solucionar el problema, un claro ejemplo pasó en España, de igual forma se dio una ley similar en parte pero fue un fracso tremendo pues los clubes que se pasaron a Sociedades Anónimas Deportivas (solo en España) y que por pagar mas tributos al ser empresas aumentarón sus deudas y estas se volvieron millonarias, esperemos que no suceda lo mismo acá.
Eso lo veremos con el tiempo si el congreso hizo bien en aprobar esa ley y si los clubes estan de acuerdo en hacer el cambio de personaería jurídica o cambio de modalidad, hasta el miercoles con un nuevo artículo.






